Proceso de selección de Postulantes en la “Bolsa para Postulaciones de Ahorro Programado Contractual con Evaluación crediticia favorable”. Una vez calificadas las postulaciones conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de este decreto, y dando prioridad a los hogares cuyos ingresos totales no sean superiores a la suma equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (2 smmlv), la entidad otorgante o el operador autorizado, si fuere el caso, las ordenará de manera automática y en forma secuencial descendente para conformar una lista de postulantes calificados hasta completar un número de hogares equivalente al total de los recursos disponibles departamentalmente.
Las entidades otorgantes del subsidio, no asumirán compromiso alguno respecto de los postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en los listados de beneficiarios contenidos en las resoluciones de asignación expedidas en los términos del artículo 55 del presente decreto. CAPITULO II Asignación de subsidios