Micelio

Artículo 8

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Art

Decreto 933 de 1902 · Por el cual se concede un indulto y se reforma el artículo 1º del Decreto legislativo de 14 de enero de 1901

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Art. 8.° Si los principales grupos revolucionarios que quedan en armas, como son los de Sumapaz, Tequendama, La Palma, Norte y Centro del Tolima, las deponen y se someten al Gobierno dentro del término señalado, los presos políticos y prisioneros de guerra que están á disposición de éste, serán puestos en libertad y entrarán en pleno goce del indulto.

Parágrafo

También se suspenderá el cobro de la contribución de guerra mensual, cumplida que sea la condición expresada en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 933 de 1902