º. Funciones de la unidad. La unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial ICT, ejecutará todas aquellas actividades tendientes al logro de su finalidad liquidadora, para lo cual en especial podrá
Recibir del INURBE los activos y pasivos adquiridos durante la vigencia del ICT, a excepción de lo señalados en la Ley 281 de 1996.
Administrar los bienes recibidos mientras sean vendidos o sean dados en administración a terceros.
Vender sus activos de contado o a plazos. En este último caso los plazos que se acuerden no podrán superar el que reste de vigencia de la Unidad.
Dar los bienes de su propiedad en administración
Cancelar la deudas y acreencias de su competencia, adquiridas durante la existencia del ICT.
Terminar las obras inconclusas iniciadas por el ICT, cuando sea necesario para cumplir su función liquidadora.
Liquidar contratos y convenios celebrados por el ICT y que aún se encuentren 00pendientes de hacerlo.
Celebrar todos los contratos o convenios necesarios o adecuados para el mejor cumplimiento de sus funciones, al igual que contratar con otras autoridades administrativas, entidades públicas o privadas la ejecución de las labores que le son propias.
Celebrar contratos de gestión o de fiducia, con base en los cuales desarrolle las actuaciones que considere necesarias, de conformidad con lo prevista en la Ley 281 de 1996.
Realizar directamente o a través de contratos la interventoría de los contratos que suscriba.
Efectuar el cobro prejudicial y judicial de la cartera cuando a ello haya lugar y tomar cualquier otra acción judicial necesaria para la defensa de los intereses de la Unidad. 12 Transigir discrepancias y pleitos que se generen en relación con los bienes y actividades cuya liquidación corresponde a la Unidad. 13 Las demás que de acuerdo con la naturaleza liquidadora de la Unidad tiendan al cumplimiento de su misión.