º. Provisión de los empleos de carrera. La provisión de los empleos de carrera, se hará definitivamente previo concurso por nombramiento en período de prueba, por ascenso y por traslado, transitoriamente por encargo y por nombramiento provisional.
Parágrafo
Se produce traslado, cuando se provee un cargo de carrera vacante en forma definitiva, con un empleado inscrito en el escalafón de igual categoría.