Articulo 6º. A partir del 1º de enero de 1997 el sueldo básico mensual para el Presidente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, será de cuatro millones setecientos noventa y seis mil cuarenta y seis pesos ($4.796.046.00) moneda corriente.
Artículo 6
A Partir Del 1º De Enero De 1997 El Sueldo Básico Mensual Para El Presidente De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Será De Cuatro Millones Setecientos Noventa Y Seis Mil Cuarenta Y Seis Pesos ($4
Decreto 68 de 1997 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta, sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional directas e indirectas y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.