Micelio

Artículo 5

Ley 92 de 1938 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El acta de defunción expresara:

1º El nombre y el apellido del muerto;

2º El día y la hora en que hubiere acaecido la muerte;

3º La edad, sexo y estado civil, expresando el nombre del cónyuge, si el difunto hubiere sido casado o viudo;

4º La nacionalidad

5º La ultima ocupación del difunto;

6º El ultimo domicilio;

7º El nombre y apellido del padre y la madre del muerto si fueren conocidos;

8º La causa principal de la muerte, y

9º El nombre del médico que certificó la muerte en su caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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