A partir de la vigencia de la presente ley la apropiación mensual para sueldos dos empleados de la Secretaría del Senado, durante el periodo de sesiones serán trece mil seiscientos sesenta pesos ($ 13.660) y en la Cámara de Representantes durante el mismo periodo, ser de diez y nueve mil setecientos veinte pesos ($ 19.720). Durante el periodo de receso, la partida mensual de la Secretaría del Senado de la República será de nueve mil doscientos cincuenta pesos ($ 19.250) y la de la Cámara de Representantes, será de diez mil quinientos cincuenta pesos ($ 10.550).
Ley 15 de 1945 →Vigente
Artículo 12
Ley 15 de 1945 · Por la cual se organiza las secretarias de las Cámaras y sus dependencias, se crean unos puestos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.