Micelio

Artículo 21

Ley 392 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Tecnólogo en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y afines.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el término de doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley y mientras se conforme el Consejo Nacional y los Consejos Seccionales, el Ministerio de Educación podrá expedir matrículas de carácter provisional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 392 de 1997