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Artículo 4

Son Funciones De La Comisión Asesora Para La Educación Ecológica Y Del Ambiente: 1

Decreto 1337 de 1978 · Por el cual se reglamenta los artículos 14 y 17 del Decreto-ley 2811 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la comisión asesora para la educación ecológica y del ambiente

1.

Identificar y recomendar para la inclusión en los programas curriculares de básica primaria, los principios que permitan a los alumnos reconstruir los procesos naturales y sociales y sus interrelaciones, a partir de su realidad inmediata.

2.

Identificar y recomendar una adecuada estructuración de los programas de ciencias biológicas de manera que aseguren la comprensión de los diversos ecosistemas predominantes en el país, a partir de los que sean característicos de la región.

3.

Identificar para su inclusión en los programas de ciencias sociales, aquellos aspectos concernientes a las relaciones entre el hombre y su medio y las posibilidades de lograr su mejor aprovechamiento a través de la organización comunitaria.

4.

Propiciar periódicamente jornadas ambientales a través de las cuales los estudiantes se reunirán con la comunidad respectiva y participarán con ella en el reconocimiento de los problemas ambientales de la localidad, en la discusión de sus características y en la búsqueda de alternativas para resolverlos. Las conclusiones de estas jornadas serán divulgadas en toda la comunidad, haciendo énfasis en aquellas que tengan carácter prioritario, y los resultados se comunicarán a los organismos gubernamentales que se consideren competentes para tomar las medidas relacionadas con los problemas reconocidos.

5.

Promover, a través de la organización comunitaria, el estudio y conocimiento de los recursos naturales renovables con el fin de lograr su mejor aprovechamiento y conservación. Las escuelas colaborarán con las actividades comunitarias, sirviendo como centro de actividades cuando sea necesario, y recogiendo la información sobre los problemas de la región identificados con base en tales actividades.

6.

Prestar asesoría sobre textos y demás ayudas educativas que refuercen los programas curriculares en educación ambiental y ecológica. Estas ayudas educativas serán el producto de la investigación y del reconocimiento científico del medio ambiente y de los recursos naturales colombianos, de tal suerte que el alumno pueda reconocer e identificar los ecosistemas y los problemas que puedan derivarse de su inadecuado manejo.

7.

Prestar asesoría en las áreas de su competencia en los pro gramas de su experimentación y evaluación curricular.

8.

Recomendar y prestar asesoría en los programas de capacitación de los docentes en los diferentes niveles.

9.

Identificar y recomendar para su inclusión en los programas de bachillerato pedagógico y licenciatura en educación, los componentes apropiados que motiven, informen, y capaciten al docente para manejar adecuadamente los aspectos ecológicos y ambientales de los programas curriculares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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