Micelio

Artículo 1

° Sólo El Ministerio De Comunicaciones Podrá Autorizar Las Campañas De Publicidad Que Adelanten Los Establecimientos Públicos, Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Las Sociedades De Economía Mixta Cuando Esten Sujetas Al Régimen De Dichas Empresas, Relacionadas Con Sus Actividades, De Conformidad Con Las Normas Establecidas En Este Decreto

Decreto 707 de 1992 · por el cual se reglamenta la autorización para adelantar campañas de publicidad de los organismos descentralizados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1 ° Sólo el Ministerio de Comunicaciones podrá autorizar las campañas de publicidad que adelanten los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta cuando esten sujetas al régimen de dichas empresas, relacionadas con sus actividades, de conformidad con las normas establecidas en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 707 de 1992