Micelio

Artículo 856

De La Ley De Apropiaciones Vigente: Mensual Total A) Para Sueldos En Doce Meses, Enero A Diciembre: Dos Directores A $ 180 Cada Uno 360

Decreto 377 de 1948 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de las Escuelas Bavaria y Ricaurte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para sueldos del personal y gastos varios de las Escuelas "Bavaria" y "Ricaurte", anexas al Instituto Pedagógico Nacional, distribúyense así los fondos apropiados en el Capítulo 73, artículo 856 de la Ley de apropiaciones vigente: Mensual Total

a)

Para sueldos en doce meses, enero a diciembre: Dos Directores a $ 180 cada uno 360.00 1.320.00 Seis Directores de Grupo, a $ 150 cada uno 900.00 10.800.00 Profesor de Educación Artística 42.00 504.00 Portero 48.00 576.00 Profesora de Música 24.00 288.00 Profesora de Trabajos Manuales 30.00 360.00 Sumas 1.404.00 16.818.00

b)

Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, y demás gastos de las Escuelas 1.025.00 Total 17.873.00 Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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