Micelio

Artículo 3

Decreto 2630 de 1952 · Por el cual se conceden unas facultades a los Tribunales Seccionales Administrtivos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público despedida los títulos a que se refiere este escrito a solicitud del Ministerio de Obras Públicas, por la cuantía del valor de los cómputos hechos por el Ingeniero Interventor cada mes y mediante la presentación de los comprobantes correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2630 de 1952