Micelio

Artículo 80

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La capacitación de funcionarios y empleados judiciales tendrá los siguientes objetivos fundamentales

a)

Ampliar los conocimientos y desarrollar sus habilidades y aptitudes;

b)

Obtener un mayor rendimiento en el desempeño de sus funciones;

c)

Incrementar sus conocimientos a efecto de poder participar en concursos que les permitan obtener la promoción en el servicio;

d)

Ingresar a la carrera judicial, y

e)

Recibir formación en las ciencias técnicas concernientes a la administración de justicia.

Parágrafo

Entre los objetivos de la capacitación están el de lograr el mejoramiento de la administración de justicia, contribuir a su tecnificación, aumentar su eficiencia, promover la elevación de la ética profesional y acelerar el proceso de aprendizaje de sus servidores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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