El contrato de arrendamiento que haya de suscribirse entre las Zonas Francas y las personas jurídicas tendrá por finalidad permitirles a éstas funcionar e instalar sus empresas en ellas. Su objeto será la utilización de bienes inmuebles situados en el área de las Zonas Francas para desarrollar actividades industriales o de servicios, previo el lleno de los requisitos y formalidades establecidas por la Ley número 109 de 1985, el presente Decreto y las demás disposiciones sobre la materia.
Decreto 1471 de 1986 →Vigente
Artículo 14
Decreto 1471 de 1986 · por el cual se desarrolla la Ley 109 de 1985.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.