Micelio

Artículo 7

Modalidades De La Enajenación De Bienes

Decreto 1461 de 2000 · por el cual se reglamentan los artículos 47 de la Ley 30 de 1986, 2° del Decreto 2272 de 1992, 25 de la Ley 333 de 1996 y el artículo 83 del Decreto-ley 266 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modalidades de la enajenación de bienes. La enajenación de bienes la podrá realizar en forma directa la Dirección Nacional de Estupefacientes o a través de terceros contratados para el efecto, mediante las siguientes modalidades

1.

Remate en pública subasta.

2.

Oferta al público mediante convocatoria general o especial y recibo de propuestas en sobre cerrado, y con garantía de seriedad de las ofertas.

3.

Venta al público a precios fijos.

4.

Venta directa.

Parágrafo

Sin excepciones, los recursos que se deriven de la operación de enajenación ingresarán al Fondo para la Rehabilitación, la Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1461 de 2000