Vigencia y derogatorias . Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación con excepción del artículo 1º que rige a partir del treinta y uno (31) de octubre del año 2001, y modifica los artículos 22, 23, 24, 25, 42, 69, 79, 93, 108 del Decreto 2620 de 2000, el artículo 1º del Decreto 1746 de 2000, el artículo 10 del Decreto 1539 de 1999, adiciona los artículos 26 y 44 del Decreto 2620 de 2000 y modifica y adiciona los artículos 12, 13 y 60 del Decreto 2620 de 2000 y deroga todas las demás disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 1585 de 2001 →Vigente
Artículo 20
Vigencia Y Derogatorias
Decreto 1585 de 2001 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2620 de diciembre 18 de 2000, se modifican parcialmente los Decretos 1539 de 1999 y 1746 de 2000 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.