Cédese al Municipio de Cisneros, Antioquia, el lote de terreno situado en la zona urbana y demarcado con los siguientes linderos: por un costado y en una extensión de 22 metros con 45 centímetros, con propiedad de los Ferrocarriles Nacionales; por el otro costado y en una extensión de 22 metros con propiedad de los mismos; por el centro (fondo) y en una extensión de 63 metros con 45 centímetros, con el local provisional donde funciona la escuela urbana de varones y con propiedad del señor Pedro Luis Salazar, y por el frente, linda, con la línea férrea que de Medellín conduce al Municipio de Puerto Berrio, Antioquia.
Ley 35 de 1971 →Vigente
Artículo 1
Ley 35 de 1971 · Por la cual se atiende a problemas educacionales del Municipio de Cisneros en el Departamento de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.