Comité de Posesiones. El Comité de Posesiones estará integrado por el Superintendente Financiero o su representante, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores, y los Superintendentes Delegados a cargo de estos últimos.
El Comité de Posesiones decidirá sobre las solicitudes de posesión y revocatorias de posesión de quienes deban surtir este trámite en la entidad.
El Superintendente Financiero señalará el reglamento al cual deberá sujetarse el Comité de Posesiones.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 11.2.1.5.1 Comité de Posesiones.
El Comité de Posesiones, integrado por el Superintendente Financiero o su representante, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional y los Superintendentes Delegados a su cargo.
El Comité de Posesiones, decidirá sobre las solicitudes de posesión y revocatorias de posesión de quienes deban surtir este trámite en la entidad.
El Superintendente Financiero señalará el reglamento al cual deberá sujetarse el Comité de Posesiones.
TEXTO CORRESPONDIENTE A