°. Administración del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana . La dirección, administración y ordenación del gasto del Fondo estará a cargo del Ministro del Interior y de Justicia o de quien este delegue. Para efectos de la ejecución de los recursos, se atenderán las directrices que señale el Comité Evaluador de Fonsecon.
Decreto 2170 de 2004 →Vigente
Artículo 3
Administración Del Fondo Nacional De Seguridad Y Convivencia Ciudadana
Decreto 2170 de 2004 · por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales y se adiciona el Decreto 2615 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.