La Instancia Regional, Integrada Por La Gobernación, Intendencia O Comisaria Con La Secretaría De Educación, El Fondo Educativo Regional, El Centro Experimental Piloto, La Oficina Seccional De Escalafón Y Otras Entidades Del Sector, Programará, Desarrollará Y Controlará Coordinadamente Todas Las Acciones Necesarias Para La Puesta En Marcha, Funcionamiento Y Evaluación De La Nuclearización En La Respectiva Región, Con La Asesoría De La División De Diseño Y Asesoría De Administración Regional Del Ministerio De Educación Nacional
Decreto 1246 de 1990 · por el cual se adopta el sistema de nuclearización para la administración de la educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La instancia regional, integrada por la gobernación, intendencia o comisaria con la Secretaría de Educación, el Fondo Educativo Regional, el Centro Experimental Piloto, la Oficina Seccional de Escalafón y otras entidades del sector, programará, desarrollará y controlará coordinadamente todas las acciones necesarias para la puesta en marcha, funcionamiento y evaluación de la nuclearización en la respectiva región, con la asesoría de la División de Diseño y Asesoría de Administración Regional del Ministerio de Educación Nacional.
Parágrafo
Mientras no se organice la División de Diseño y Asesoría de Mecanismos de Administración Regional, la coordinación y el Equipo Técnico Nacionales del Programa de Nuclearización continuarán cumpliendo las funciones asignadas a dicha división.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.