Micelio

Artículo 69

Funciones De La Subdirección De Gestión De Proyectos

Decreto 1893 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Gestión de Proyectos . Son funciones de la Subdirección de Gestión de Proyectos las siguientes

1.

Apoyar las labores de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión para la Asignación Regional y Paz, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

2.

Verificar, de manera directa o a través de terceros, que los proyectos que se presenten al OCAD PAZ cumplan con los requisitos establecidos, por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en los términos del artículo 59 de la Ley 2056 de 2020 o aquella que la adicione, modifique o reglamente.

3.

Elaborar los conceptos de viabilidad, técnico único y sectorial; y aval de uso, cuando se haga uso de los proyectos tipo que tenga como fuente de financiación recursos del Sistema General de Regalías, previo visto bueno de las direcciones de la Subdirección General de Prospectiva y Desarrollo Nacional correspondientes de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo 7

del artículo 1.2.1.2.8. del Decreto 1821 de 2020 o aquel que lo modifique o reglamente. 4. Adelantar la construcción del Plan Nacional de Desarrollo, los documentos CONPES, las políticas y demás instrumentos de planeación nacional en los asuntos de su competencia, bajo los lineamientos de la Dirección General y en articulación con las demás dependencias del Departamento Nacional de Planeación y las entidades y organismos competentes. 5. Promover y orientar la implementación de acciones de articulación inter e intrainstitucional que permitan asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación para el desarrollo de los objetivos institucionales y sectoriales, en el marco de las funciones del Departamento Nacional de Planeación. 6. Participar, en representación del Departamento Nacional de Planeación, en comisiones, comités, consejos y demás instancias relacionadas con los asuntos de su competencia. 7. Analizar estudios, prácticas e investigaciones que se hayan adelantado a nivel nacional e internacional, que contribuyan a la definición de innovaciones que mejoren la gestión y procesos de la dependencia. 8. Atender y resolver las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. 9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional. 10. Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1893 de 2021