°. Modifíquese el artículo 40 del Decreto 1686 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 40. Director técnico de laboratorio. Los laboratorios de las fábricas de bebidas alcohólicas deben contar con un director técnico que tenga formación profesional para adelantar el control de calidad fisicoquímico y/o microbiológico de bebidas alcohólicas y sus materias primas y experiencia en el ejercicio de esta labor.”
Decreto 162 de 2021 →Vigente
Artículo 6
Modifíquese El Artículo 40 Del Decreto 1686 De 2012, El Cual Quedará Así: “artículo 40
Decreto 162 de 2021 · por medio del cual se modifica el Decreto 1686 de 2012.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.