ARTICULO 1º Aplácese la ejecución de las siguientes apropiaciones del Presupuesto General de la Nación, mientras se garantizan los recursos para su financiación; NOTA: ESTA NORMA POR SU EXTENSIÓN Y COMPLEJIDAD PUEDE SER CONSULTADA EN EL DIARIO OFICIAL. No 40427
Decreto 667 de 1992 →Vigente
Artículo 1
Aplácese La Ejecución De Las Siguientes Apropiaciones Del Presupuesto General De La Nación, Mientras Se Garantizan Los Recursos Para Su Financiación; Nota: Esta Norma Por Su Extensión Y Complejidad Puede Ser Consultada En El Diario Oficial
Decreto 667 de 1992 · por medio del cual se aplazan en su ejecución algunas partidas del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.