Micelio

Artículo 2

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Decreto 2522 de 1957 · Por el cual se modifica el decreto número 1779 de 1957

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo segundo. Cada uno de los Institutos mencionados en el artículo anterior procederá a vender los vehículos automotores que no sean Indispensables para su servicio, con sujeción a las normas del Código Fiscal que rigen esta materia, y los dineros que recaude por la venta le pertenecerán exclusivamente, de acuerdo con la Dirección General del Presupuesto y la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2522 de 1957