º . Créanse transitoriamente en la planta de personal global del Ministerio de Minas y Energía los siguientes empleos, para vincular a los funcionarios que gozan de fuero sindical mientras se encuentren amparadas con dicha garantía, así: Número de empleos Denominación Código Grado 1 (Uno) Profesional especializado 3010 17 1 (Uno) Profesional universitario 3020 06 1 (Uno) Técnico administrativo 4065 17 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 13 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 20 1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 13 2 (Dos) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13
Cuando por cualquier causa legal cese para sus titulares el fuero sindical, se entenderán suprimidos los cargos de que trata el presente artículo y terminará la relación laboral de los funcionarios. Los empleados con derechos de carrera administrativa tendrán derecho a optar por la indemnización o la incorporación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.