o . Modifícase el artículo segundo del Decreto número 2822 de fecha 22 de diciembre de 1994, el cual quedará así: " Artículo 2o . El Comité estará integrado por: - Doctor Belisario Betancur Cuartas, ex Presidente de la República de Colombia. - Doctor Luis Fernando Jaramillo Correa, ex Ministro de Relaciones Exteriores y ex Embajador Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas. - Doctor Enrique Peñalosa Camargo, ex Embajador Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas. - Doctor Fernando Cepeda Ulloa, ex Embajador Representante Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas. - Doctor Guillermo Fernández de Soto, ex Viceministro de Relaciones Exteriores. - Doctora Wilma Zafra Turbay, ex Viceministra de Relaciones Exteriores. - Doctora María José Castello de Campuzano.
o . Podrán asistir a las reuniones del Comité, en calidad de invitados, representantes de entidades públicas o privadas, educadores, hombres de negocios, periodistas, líderes juveniles, etc., cuya presencia se considere necesaria para el desarrollo de sus actividades.
o. El Ministerio de Relaciones Exteriores ejercerá la Secretaría Técnica".