Micelio

Artículo 2

Ley 23 de 1939 · por la cual se abren unos créditos a la Ley de Apropiaciones vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en el ingreso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales a la Ley de Apropiaciones vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 18 Policía Nacional. Artículo

74.

Para sueldos del personal de la Policía Nacional, inclusive el Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial, personal de la Oficina Central de Medicina Legal y sueldos de los profesores de la Escuela Técnica de Investigación Criminal, en el año$28,100.00Artículo

75.

Para servicio de alumbrado, agua, teléfono, forrajes, reparaciones de locales, hospitalización, aseo, compra de elementos y combustibles, medicinas y aparatos de cirugía, viáticos y transportes, auxilios de marcha, investigaciones reservadas, compra de vestuarios, útiles de escritorio, máquinas de escribir, muebles, motocicletas, ambulancias, carros de prisión, equipos para talleres, gases lacrimosos, arrendamientos ,y otros gastos de la Policía Nacional, del Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial y de la Oficina Central de Medicina Legal, en el año$7,566.00Total$35,666.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1939