Invitados permanentes. Serán invitados permanentes a las sesiones del Cerrem, quienes tendrán solo voz: - Un delegado del Procurador General de la Nación. - Un delegado del Defensor del Pueblo. - Un delegado del Fiscal General de la Nación. - Un representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. - Un delegado del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, cuando se trate de casos de población desplazada. - Cuatro (4) delegados de cada una de las poblaciones objeto del Programa de Prevención y Protección, quienes estarán presentes exclusivamente en el análisis de los casos del grupo poblacional al que representan - Delegados de entidades de carácter público cuando se presenten casos relacionados con sus competencias. - Representante de un ente privado, cuando el Comité lo considere pertinente.
Los miembros del Comité no podrán presentar o estudiar solicitudes de protección sin el lleno total de los requisitos establecidos por el Programa de Prevención y Protección.
Los delegados de la población objeto participarán suministrando la información que posean sobre cada caso llevado a consideración del Cerrem, y que sirva a este como insumo para la adopción de medidas de protección.
Los miembros del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas - Cerrem podrán invitar a las entidades públicas que prestan asistencia técnica en enfoque diferencial, quienes participarán con derecho a voz.