Micelio

Artículo 2

º La Dirección General De Crédito Público Tendrá La Siguiente Estructura: 1

Decreto 1119 de 1986 · Por el cual se modifican la estructura y las funciones de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Dirección General de Crédito Público tendrá la siguiente estructura: 1.0. Despacho del Director. 1.0.1. Comité de Coordinación. 1.1. Oficina de Planeación y Análisis Financiero. 1.2. Subdirección de Crédito Público Externo. 1.2.1. División Jurídica de Crédito Público Externo. 1.2.2. División de Financiamiento Oficial. 1.2.3. División de Financiamiento Comercial. 1.2.3.1. Sección de Banca Comercial. 1.2.3.2. Sección de Banca de Fomento y Proveedores. 1.2.4. División de Ejecución y Control. 1.3. Subdirección de Crédito Público Interno. 1.3.1. División Jurídica de Crédito Público Interno. 1.3.2. División de Financiamiento Interno. 1.3.2.1. Sección de Tramitación y Control. 1.3.2.2. Sección Fiduciaria. 1.3 2.3. Sección de Créditos del Presupuesto Nacional 1.4. Subdirección Operativa. 1.4.1. División de Servicios de la Deuda. 1.4.1.1. Sección de la Deuda de la Nación. 1.4.1.2. Sección de la Deuda de otras Entidades Públicas. 1.4.2. División de Registro de la Deuda. 1.4.3. División de Sistemas. 1.4.4. División Administrativa. 1.4.4.1. Sección de Archivo y Correspondencia. 1.0. DESPACHO DEL DIRECTOR

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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