Micelio

Artículo 6

Decreto 547 de 1991 · Por el cual se ordena una cesión de activos, pasivos y contratos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Vigencia. El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 547 de 1991