º De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 38 de 1981, la Comisión de Concertación del Arroz tendrá las siguientes funciones
Discutir y analizar el plan y las políticas para el arroz preparados por el Ministerio de Agricultura y el Departamento Nacional de Planeación según lo señalado en el artículo 8º de la misma ley;
Preparar y presentar informes, estudios y recomendaciones sobre los temas discutidos en el seno de esta comisión;
Rendir informes acerca de los estudios y propuestas de origen gubernamental que se sometan a su estudio, y
Sugerir cambios y adiciones al Plan Indicativo del Arroz y a las políticas sometidas a su consideración, buscando su conciliación con el Plan de Desarrollo Económico y Social.