Contenido de los convenios. El Ministerio de Justicia y del Derecho suscribirá convenios con entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales que contengan como mínimo: (i) el objeto del convenio; (ii) la descripción de las líneas de trabajo en las que se ejecutarán los servicios de utilidad pública; (iii) el plazo de ejecución del convenio; (iv) el lugar o los lugares de ejecución de los servicios de utilidad pública; con el propósito de determinar la oferta de servicios de utilidad pública disponibles, a través de un listado que será remitido cada tres (3) meses al Consejo Superior de la Judicatura y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, y puesto a disposición de los operadores jurídicos y de las mujeres cabeza de familia privadas de la libertad a través del Sistema de Información para los Servicios de Utilidad Pública.
Los convenios incluirán la obligación en cabeza de la entidad pública u organización sin ánimo de lucro y no gubernamentales, a través de la que se presta el servicio de (i) comunicar formalmente cualquier novedad relacionada con la afiliación al sistema de riesgos laborales al juez competente y al Ministerio de Justicia y del Derecho, (ii) la presentación al juez del informe mensual de seguimiento, y de ser posible, (iii) apoyar a las mujeres cabeza de familia que accedan a las plazas en la construcción del plan de servicios de utilidad pública.
Las entidades que dispongan de plazas podrán solicitar un documento de reconocimiento por parte del Ministerio de Justicia y del Derecho en el que conste su colaboración en los procesos de integración social de mujeres cabeza de familia que han cometido delitos en condiciones de marginalidad.
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