Micelio

Artículo 2.2.1.7.7.14

Transición

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transición. Los procesos de reconocimiento económico y reposición con reconocimiento económico radicados antes del 30 de junio de 2019, se tramitarán con base en las disposiciones aplicables al momento de su radicación, siempre y cuando tengan asignación presupuestal en el “Programa de Promoción para la Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga”.

Para los casos en los cuales no sea posible realizar la asignación presupuestal antes del 30 de junio de 2019, la solicitud de postulación será rechazada y podrá optar por postularse al nuevo Programa de Modernización de Transporte Automotor de Carga que diseñe el Ministerio de Transporte”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.7.7.14. Disponibilidad y ejecución de recursos. El Ministerio de Transporte coordinará con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la ejecución de los recursos determinados en el Programa de Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga contemplado en el Conpes 3759 de 2013. En cualquier caso, dichos recursos deberán ejecutarse antes del 30 de junio de 2019, previo cumplimiento de los requisitos presupuestales aplicables

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.1.7.7.14.Disponibilidad y ejecución de recursos. El Ministerio de Transporte coordinará con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la ejecución de los recursos determinados en el Programa de Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga contemplado en el Conpes 3759 de 2013. En cualquier caso, dichos recursos deberán ejecutarse antes del 31 de diciembre de 2018.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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