Micelio

Artículo 16

Notificación De Suspensiones Y Cancelaciones

Decreto 3886 de 2009 · por el cual se reglamenta el listado de valores extranjeros en los Sistemas de Cotización de Valores Extranjeros y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Notificación de suspensiones y cancelaciones. Las sociedades administradoras de los Sistemas de Negociación de Valores Extranjeros, así como las sociedades comisionistas de bolsa de valores que solicitaron el listado de dichos valores deberán notificar y divulgar a los inversionistas autorizados y al mercado en general, la decisión de suspensión de la negociación o de la cancelación del listado, así como sus efectos, en los términos y condiciones que determine la Superintendencia Financiera de Colombia. Lo anterior, con el fin de que los inversionistas autorizados adopten las medidas que consideren necesarias respecto de su inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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