Micelio

Artículo 4

Decreto 230 de 2002 · por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Evaluación de los educandos . La evaluación de los educandos será continua e integral, y se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar. Los principales objetivos de la evaluación son

a)

Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos;

b)

Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y media;

c)

Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios, y

d)

Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 230 de 2002