El Plazo Para Que Las Secretarías De Planeación Departamental Envíen Al Departamento Nacional De Planeación El Informe De Ejecución Presupuestal De Los Ingresos Y Gastos Correspondientes A La Vigencia 2008, De Que Trata El Inciso 9° Del Numeral 2 Del Artículo 1° Del Decreto 159 De 2002, Se Prorroga Hasta El 30 De Abril De 2009
Decreto 852 de 2009 · por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 159 de 2002, modificado parcialmente por el Decreto 072 de 2005 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2008, de que trata el inciso 9° del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 159 de 2002, se prorroga hasta el 30 de abril de 2009.
Parágrafo
Aquellos Departamentos que cuenten con la infraestructura tecnológica, podrán remitir la información en el mismo plazo a través de mensaje de datos utilizando firma digital, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 527 de 1999 y el artículo 15 del Decreto 1747 de 2000. La firma digital será la del Gobernador.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.