El Superintendente de Notariado y Registro estará facultado para reajustar anualmente los valores absolutos de las tarifas, las cuantías de los aportes y los recaudos destinados al Fondo Cuenta Especial de Notariado, ajustándolos a la centena más próxima. CAPÍTULO VI De la vigencia, derogatorias y publicación
Decreto 188 de 2013 →Vigente
Artículo 56
El Superintendente De Notariado Y Registro Estará Facultado Para Reajustar Anualmente Los Valores Absolutos De Las Tarifas, Las Cuantías De Los Aportes Y Los Recaudos Destinados Al Fondo Cuenta Especial De Notariado, Ajustándolos A La Centena Más Próxima
Decreto 188 de 2013 · por el cual se fijan los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.