Micelio

Artículo 56

El Superintendente De Notariado Y Registro Estará Facultado Para Reajustar Anualmente Los Valores Absolutos De Las Tarifas, Las Cuantías De Los Aportes Y Los Recaudos Destinados Al Fondo Cuenta Especial De Notariado, Ajustándolos A La Centena Más Próxima

Decreto 188 de 2013 · por el cual se fijan los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Superintendente de Notariado y Registro estará facultado para reajustar anualmente los valores absolutos de las tarifas, las cuantías de los aportes y los recaudos destinados al Fondo Cuenta Especial de Notariado, ajustándolos a la centena más próxima. CAPÍTULO VI De la vigencia, derogatorias y publicación

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 188 de 2013