La secretaría técnica de las Comisiones de Concertación y Decisión la ejercerán de manera compartida la entidad que para tal efecto creará el gobierno para las Juventudes y el Departamento Nacional de Planeación para el orden nacional; de igual forma, en los departamentos y municipios, será ejercida por las entidades encargadas de juventud de cada ente territorial y la secretaría u oficina encargada de la planeación.
La entidad que para tal efecto creará el gobierno para las Juventudes y el Departamento Nacional de Planeación en el orden nacional, así como las entidades encargadas de juventud de cada ente territorial y las secretarías u oficinas de planeación en las gobernaciones y alcaldías, apropiarán los recursos y garantizarán las condiciones logísticas para ejercer la secretaría técnica en cada una de las Comisiones de Concertación y Decisión.