Contratos de prestación de servicios . Los contratos de prestación de servicios sólo podrán celebrarse mediante contratación directa cuando su cuantía no exceda del valor que el primero (1º.) de enero del año en que se celebren, tenga 500 unidades de poder adquisitivo constante (UPAC). Los contratos de prestación de servicios que excedan la cuantía indicada se someterán a concurso de méritos. IX – BIENES Y RENTAS DE LOS DEPARTAMENTOS
Decreto 2274 de 1991 →Vigente
Artículo 25
Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia