Micelio

Artículo 1

Ley 75 de 1938 · Por la cual se auxilia la celebración del 2° Congreso Jurídico Nacional y se dispone dotar de local a la Academia Colombiana de Jurisprudencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase con diez mil pesos ($ 10,000.00) la celebración del Segundo Congreso Jurídico Nacional, que se reunirá en la capital de la República en el mes de agosto del presente año, bajo los auspicios de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, para contribuir a solemnizar la conmemoración cuadricentenaria de la fundación de la ciudad de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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