Micelio

Artículo 14

Los Títulos A Que Se Refiere El Presente Decreto Deberán Ser A La Orden, Y Además De Sus Designaciones Particulares, Contendrán Las Siguientes Indicaciones: 1) La Denominación De La Empresa De Almacenes Generales De Depósito Y Su Domicilio

Decreto 1821 de 1929 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY 20 DE 1921, SOBRE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los títulos a que se refiere el presente Decreto deberán ser a la orden, y además de sus designaciones particulares, contendrán las siguientes indicaciones: 1) La denominación de la empresa de Almacenes Generales de Depósito y su domicilio. 2) El nombre, profesión y domicilio del depositante o del tercero indicado por éste. 3) El lugar y plazo del depósito. 4) La naturaleza y cantidad de la mercancía, su peso o volumen, el estado de los envases y todas las marcas o indicaciones propias para establecer su identidad. 5) El valor y calidad aproximados de las mercancías. 6) La indicación del asegurador o aseguradores y el monto del seguro. 7) La declaración de todos los costos y gastes a que está sujeta la mercancía. 8) La fecha de la emisión de los títulos, su número de orden y la firma del empresario o de una o más personas debidamente autorizadas para ello.

Parágrafo

Los dichos títulos se cortarán de libros talonarios que contendrán todas las indicaciones mencionadas arriba, y serán numerados seguida y consecutivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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