° Para los casos de contratos de administración delegada de la lotería, los contratistas deberán prestar a satisfacción de la División de Atención Médica del Ministerio de Salud y de la Contraloría General de la República, las fianzas y garantías necesarias, las cuales en ningún caso serán inferiores al valor total del plan de premios, y un veinte por ciento (209%) más. En tales contratos se deberán determinar claramente todas las obligaciones del contratista, entre las cuales se incluirán la distribución y venta de los billetes, el pago de los premios y de los impuestos a que hubiere lugar. En ningún caso se podrá estipular entradas líquidas para la lotería inferiores a los porcentajes .señalados en la ley.
Decreto 766 de 1964 →Vigente
Artículo 9
Para Los Casos De Contratos De Administración Delegada De La Lotería, Los Contratistas Deberán Prestar A Satisfacción De La División De Atención Médica Del Ministerio De Salud Y De La Contraloría General De La República, Las Fianzas Y Garantías Necesarias, Las Cuales En Ningún Caso Serán Inferiores Al Valor Total Del Plan De Premios, Y Un Veinte Por Ciento (209%) Más
Decreto 766 de 1964 · Por el cual se crean loterías para cada una de las Intendencias y Comisarías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.