Artículo segundo. La empresa o patrono que incurriere en una de las causales del artículo anterior, será sancionado con multas sucesivas de cincuenta a dos mil pesos ($50.00 a $2.000), por el funcionario competente, a favor del Tesoro Nacional, previa comprobación del hecho.
Decreto 3378 de 1962 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3378 de 1962 · Por el cual se protege y reglamenta el derecho de asociación consagrado en los artículos 353 y 354 del Código Sustantivo del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.