Micelio

Artículo 99

El Permiso De Caza Deportiva Se Otorgará Mediante Resolución En La Cual Se Exprese El Área En La Cual Se Puede Practicar La Caza, El Tiempo, Que No Podrá Ser Superior A Un Año Ni Exceder Al Establecido Para La Temporada Respectiva; La Especie Y El Número De Individuos Que Se Permite Capturar, Las Armas O Implementos Que Puede Utilizar Y Las Obligaciones Relacionadas Con La Protección De La Fauna Silvestre Y Demás Recursos Relacionados

Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El permiso de caza deportiva se otorgará mediante resolución en la cual se exprese el área en la cual se puede practicar la caza, el tiempo, que no podrá ser superior a un año ni exceder al establecido para la temporada respectiva; la especie y el número de individuos que se permite capturar, las armas o implementos que puede utilizar y las obligaciones relacionadas con la protección de la fauna silvestre y demás recursos relacionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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