Micelio

Artículo 57

Decreto 1495 de 2002 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto-ley 1790 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remuneración y cómputo de horas de clase a Oficiales y Suboficiales no Escalafonados como Profesores Militares. Los Oficiales y Suboficiales que sean nombrados para dictar clases en las Escuelas de Formación o Capacitación de las Fuerzas Militares, sin que tengan la categoría de profesores militares, se considerarán como profesores de Quinta Categoría para los efectos de remuneración y cómputo de horas de clase dictadas. Si el nombramiento es para la Escuela Superior de Guerra, se considerarán como profesores de Tercera Categoría para los mismos efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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