Micelio

Artículo 1123

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando pasados seis meses desde la muerte no se hubiere otorgado inventario solemne de los bienes y deudas del causante, el representante del Lazareto tiene el deber de provocar la formación de inventarios judiciales.

Hecha la solicitud, el Juez señalará día, hora y lugar, que puede ser el mismo despacho del Juzgado, en que debe principiar la diligencia, y dispondrá la citación de los herederos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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