Micelio

Artículo 5

Ley 30 de 1927 · Sobre conmemoración de la muerte del Libertador y sobre conservación y ornato de la Quinta de San Pedro Alejandrino

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase a la Asamblea del Magdalena, para que, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se ponga a disposición de las Naciones Bolivianas, una parcela de tierra suficiente dentro del área de la Quinta de San Pedro Alejandrino, para la erección de monumentos conmemorativos, con motivo del primer centenario de la muerte del Libertador Simón Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1927