Micelio

Artículo 2

Decreto 153 de 1957 · Por el cual se auxilia al Distrito Especial de Bogotá con una suma

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Alcalde Mayor del Distrito podrá, auxiliar a la empresa encargada de organizar el espectáculo con la misma suma que reciba según lo dispuesto en el artículo anterior. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 153 de 1957