°. Prórroga . Prorrogar hasta el 11 de julio de 2014, el plazo dispuesto para la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en el inciso segundo del artículo 1° del Decreto-ley 4057 de 2011 prorrogado por el artículo 1° del Decreto 2404 de 2013.
En el evento de que las actividades previstas en la Justificación y el Cronograma fijado, en los cuales se sustenta la prórroga establecida en el artículo 1° del presente decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión, procederá conforme a lo establecido en el artículo 20 del Decreto-ley 4057 de 2011, generando el acto que determine el fin de la existencia jurídica del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).