Micelio

Artículo 2.2.10.31.5

Las Funciones Del Administrador Del Patrimonio Autónomo

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones del administrador del patrimonio autónomo. Serán funciones del administrador del patrimonio autónomo, además de las establecidas en la ley, las siguientes

1.

Transferir a la entidad que corresponda los recursos necesarios para realizar los pagos previstos en el artículo 2.2.10.31.2 de este decreto.

2.

Invertir los recursos del Fondo en la forma prevista en el artículo 2.2.10.31.7 del presente decreto, en el contrato de administración y en las demás disposiciones aplicables; y

3.

Las demás que se le asignen en el contrato de administración. (Decreto número 2387 de 2001, artículo 6°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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